Guía actualizada sobre la Ley de Segunda Oportunidad: Mecanismo para superar deudas

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La Ley de Segunda Oportunidad, también conocida como Mecanismo de Segunda Oportunidad, es un recurso legal diseñado para permitir a individuos cancelar total o parcialmente deudas y recuperarse tras situaciones de insolvencia financiera. Esta guía te proporcionará información clave sobre esta legislación, sus requisitos y el proceso para acogerse a ella.

I. Marco Legal de la Ley de Segunda Oportunidad

Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015): Esta ley, aprobada el 28 de julio de 2015, establece el Mecanismo de Segunda Oportunidad y otras medidas sociales. Su objetivo es facilitar a personas físicas superar fracasos económicos sin arrastrar indefinidamente deudas impagables.

Real Decreto Legislativo 1/2020: Aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, donde también se regula el Mecanismo de Segunda Oportunidad.

II. Objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad

La exposición de motivos de la Ley destaca su propósito de permitir a personas físicas reorientar sus vidas tras dificultades financieras, al tiempo que protege los derechos de los acreedores. Busca un equilibrio donde los deudores puedan recuperarse y los acreedores recuperen parte de sus deudas.

III. ¿Quién Puede Acogerse? Requisitos Clave

La Ley está dirigida a particulares y autónomos. Para beneficiarse de ella, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

Tener deudas con al menos dos acreedores distintos, incluyendo entidades financieras, administraciones públicas, proveedores, etc.

Ser insolvente y demostrar la falta de patrimonio suficiente para afrontar las deudas.

Acreditar buena fe en la contracción de deudas.

Si ya se acogió anteriormente a la Ley, deben haber pasado al menos cinco años (dos años si se obtuvo exoneración del pasivo insatisfecho mediante plan de pagos).

IV. Deudor de Buena Fe

La Ley no especifica la buena fe, pero se excluyen casos como condenas por delitos económicos en los últimos diez años. No se considera buena fe si el concurso fue declarado culpable, demostrando que el deudor contrajo deudas consciente de no poder pagarlas.

V. Funcionamiento del Proceso

El procedimiento para acogerse a la Ley ha experimentado cambios recientes, agilizando el proceso:

Recopilación de Documentación: Se debe reunir la documentación que demuestre la insolvencia y la situación financiera del deudor.

Solicitud en el Juzgado de lo Mercantil: Puede presentarse directamente en el Juzgado, eliminando la necesidad de trámites notariales previos.

Modalidades de Cancelación:

Cancelación Total con Liquidación de Patrimonio: Deudas eliminadas a cambio de liquidar todo el patrimonio.

Cancelación Parcial con Plan de Pagos: Parte de las deudas se cancela, y se establece un plan de pagos para el resto.

Excepciones en la Cancelación Total: Algunas deudas, como pensión de alimentos, no son cancelables. Con la reforma, deudas con Hacienda y Seguridad Social por encima de 10,000 euros pueden cancelarse hasta dicho límite.

Plan de Pagos en la Cancelación Parcial: El juez determina qué porcentaje de deudas puede asumir el deudor y establece un plan de pagos de 3 a 5 años. Cumplir con el plan convierte las deudas provisionalmente canceladas en definitivamente canceladas.


VI. ¿Necesitas Ayuda?

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Esta guía te ofrece una visión general de la Ley de Segunda Oportunidad. Para casos específicos, se recomienda buscar asesoramiento legal.


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